Poder Ejecutivo dispone extradición de cuatro nacionales dominicanos mediante igual cantidad de decretos




Santo Domingo. - 

                             El Poder Ejecutivo emitió los decretos 341, 342, 343 y 344, mediante los cuales dispone la entrega en extradición, tras el agotamiento del debido proceso, de los señores Miguel Ángel Vásquez, José Ismael Diloné Rodríguez, José Manuel Nuez y Doris de la Rosa Sánchez. 

                            Los tres primeros serán extraditados a los Estados Unidos de América y la última de los mencionados, a la República Argentina. 
                           
                         TOMADO AQUI DIARIO LIBRE

                        El segundo, Diloné Rodríguez, enfrentará tres cargos por asociación delictuosa para cometer fraude electrónico y postal y lavado de activos.

                  Ambos optaron por un trámite simplificado de extradición, al consentir voluntariamente el ser entregados a las autoridades estadounidenses de Nueva Jersey para ser juzgados por los cargos que se les imputan.

                    José Manuel Nuez

                      Abinader también firmó la extradición de José Manuel Nuez para que comparezca ante el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos por el Distrito Sur de Nueva York a fin de responder a los cargos por transmisión de comunicaciones interestatales con la intención de extorsionar y asociación delictuosa ara transmitir comunicaciones interestatales con la intención de extorsionar.

                       Una mujer buscada por la justicia argentina

                    La dominicana Doris de la Rosa Sánchez será extraditada a Argentina, acusada de formar parte de una organización trasnacional, que supuestamente operó desde el año 2018 hasta la actualidad, con el objetivo de cometer un número indeterminado de planes delictivos y de delitos en sí, en su mayoría patrimoniales, defraudaciones y extorsiones producidas a través de medios informativos y la utilización del sistema bancario, en violación a los artículos 172 y 2010 del Código Penal Argentino.

            Las extradiciones están contendidas en los decretos 341, 342, 343 y 344.  El mandatario las dispone bajo la condición de que, bajo ninguna circunstancia, se juzgue a los criollos extraditados por infracciones diferentes a las que motivan su extradición, ni se aplique una pena mayor a la máxima establecida en la legislación penal de la República Dominicana, ni la pena de muerte, en el caso de que se comprobase su culpabilidad respecto de las infracciones por las cuales se dispone las extradiciones y deberá ser juzgado.


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