Envían a Najayo a Viejebo para cumplir 20 años de cárcel, por la muerte de Michael Jorge, junto a un sargento del Ejército de RD, en sector Arroyo Hondo, DN

SANTO DOMINGO.


                                       El II Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condenó a 20 años de prisión a un hombre, hallado culpable de participar, junto a un miembro del Ejército de República Dominicana (ERD), en la muerte de otro, en un hecho ocurrido el 29 de septiembre de 2023, en el sector Arroyo Hondo del Distrito Nacional.

                                       La condena fue dictada contra Luciano José Berroa Nina (Viejo o Viejebo), por la muerte de Michael Jorge.

                                 La acusación, sustentada por el fiscal Orlando Antonio Santos Ramírez, establece que Luciano José Berroa Nina actuó en complicidad con el sargento mayor, Reynaldo Cordero Santana, miembro del ERD, para dar muerte a Jorge que se encontraba en la calle Paseo de los Arroyos, barrio Perantuén, sector Arroyo Hondo.

                      El Ministerio Público demostró que, tras perpetrar el hecho, Berroa Niña y Cordero Santana emprendieron la huida en el vehículo conducido por el militar.

                El crimen fue presenciado por una testigo y quedó evidenciado mediante pruebas documentales, testimoniales y periciales.

               El Ministerio Público, informó que el sargento mayor Cordero Santana fue procesado previamente por este mismo hecho y condenado a diez años de prisión, en una sentencia emitida por otro tribunal del Distrito Nacional.

                El Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif) determinó que la muerte de Michael Jorge fue causada por una herida de proyectil de arma de fuego, clasificándola como homicida.

              El tribunal, presidido por la jueza Claribel Nivar Arias e integrado por las magistradas Yissel Soto y Clara Sobeida Castillo, dispuso que el condenado cumpla la pena en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR-17) Najayo Hombres, al acoger las pruebas presentadas por la fiscal litigante Julia Laury Vásquez.

              Los jueces acogieron la calificación jurídica presentada por el Ministerio Público, que estableció que los hechos constituyen asociación de malhechores para cometer homicidio voluntario, en violación a los artículos 265, 266, 295 y 304 del Código Penal Dominicano, así como a los artículos 66 y 67 de la Ley 631-16, para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados.AL

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Acerca del periodista Alberto Odalis Báez

Periodista con más de 40 años en el ejercicio de sus labores para diferentes medios radial y escrito,como son: Clarín Informativo, Noticiario Cristal, Radio Reporte, de la Voz del Trópico, Radio Cadena Informativa en Radio Cristal, Noti/tiempo de Radio Cadena Comercial, Radio Antillas y Diario Noticias de Radio Barahona,también de El Nuevo Diario,Ultima Hora y otros. Actualmente Báez es corresponsal del periodico matutino Listín Diario y productor del programa de radio "Pedernales y su Desarrollo" .

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