SANTO DOMINGO.- El procurador general de la República, instruyó a los representantes del Ministerio Público para que sólo se incaute los vehículos cuando constituyan un elemento probatorio y vinculante con el proceso que se lleva a cabo.
Las instrucciones de Francisco Domínguez Brito fueron dadas mediante una circular dirigida a los procuradores generales titulares, adjuntos, los fiscales titulares y sus adjuntos así como a los fiscalizadores.
Explicó que dispuso la medida basado en que la Procuraduría ha observado de manera constante y frecuente que, durante las investigaciones que ejerce el Ministerio Público, se incautan unidades independientemente de su relación con el aspecto probatorio a los fines de sustanciar un proceso determinado.
"Eso ha dado lugar a que haya un gran número de vehículos de motor incautados bajo la guarda del Ministerio Público, por lo que también estamos instruyendo a los representantes de ésta institución a iniciar y agilizar los procesos de devolución de los vehículos que se encuentren en las condiciones referidas en la disposición", expresa.
Explicó que la medida busca preservar el derecho fundamental de propiedad inherente a toda persona, porque puede resultar violentado al momento de realizar un secuestro de cosas, en especial de vehículos de motor, de modo “acrítico y no justificativo con la persecución particular de determinados casos”.
Además, manifestó, que la disposición tiene por finalidad no revictimizar a quien ha sido objeto de un delito, como sucede con una gran cantidad de casos relacionados con esta situación.
Domínguez Brito precisó que “la incautación excesiva de motor representa una responsabilidad creciente para el Ministerio Público, toda vez, que conlleva dirigir esfuerzos y recursos, a la conservación, cuidado y almacenaje de esos bienes”.
Puntualizó que las actuaciones del Ministerio Público tienen que estar sometidas a las disposiciones de la Constitución de la República, los tratados internacionales de la legislación nacional y de los precedentes jurisdiccionales vinculantes en virtud de lo que establece la ley Orgánica que rige la institución.
www.realidadesdepedernales.com Fuente:Almomento.net
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